ORDENANZA Nº 1.907/2.017

ORDENANZA Nº 1.907/2.017

VISTO: El contenido del Expediente Nº 4.307 HC 273 – 2.017. Bloque Justicialista Frente Para La Victoria. Proyecto de Ordenanza: Créase la aplicación “Malargüe App” para Descargar en forma gratuita.

Los pedidos formulados por el Sector Empresario del Turismo a efectos de disponer de una Aplicación para celulares unificando  toda la información general y turística  de Malargüe optimizando así los recursos para promocionar la actividad turística con una imagen de Marca del destino  en la Feria Internacional del Turismo a realizarse en Buenos Aires-Octubre 2017.

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CONSIDERANDO: Que la  Ordenanza 1752/2014 del Plan de Desarrollo Turístico de Malargüe 2020 contempla en uno de sus campos de Actuación una serie de Programas y Proyectos vinculados a la aplicación de TICs (Tecnologías de la Información y Comunicación) con la intención de  desarrollar aplicaciones  accesibles, simples, con información más actualizada incluyendo permanentes promociones para optimizar la ocupación de las plazas hoteleras disponibles.

Que las  nuevas  tecnologías de la información y comunicación aplicadas al Turismo demandan una permanente actualización de las formas de promocionar y comunicar los atractivos y servicios, así como las promociones que se desarrollan en cada Destino Turístico, especialmente en aquellos emergentes como es el caso de Malargüe.

Que frente a los requerimientos de las generaciones X, Y, Z y sobre todo teniendo en cuenta que la generación Touch es la que en gran medida contribuye a tomar decisiones sobre los destinos turísticos pues mantienen una fluida comunicación desde las pantallas de los celulares con la imagen del You Tube, sólo por mencionar un ejemplo y Malargüe no puede quedar ajeno a estos requerimientos.

 Que si bien cuando se habla de  las Tecnologías de la Información y la Comunicación se hace alusión a los medios digitales, entre los que se destaca la telefonía, han generado una nueva forma de relacionarse, comunicarse, informarse, trabajar, promocionar, es decir  que  se están  desarrollando particularidades en lo que podemos denominar una nueva sociedad digital para promover una “ciudadanía  global”.

Que en la actividad turística aún se desarrollan Ferias de gran envergadura como la Feria Internacional del Turismo que anualmente convoca a los interesados en Buenos Aires, Destinos Turísticos, potenciales turistas, operadores Mayoristas y Minoristas que pueden comercializar los atractivos y servicios que caracterizan y contribuyan a consolidar la imagen de marca de cada Destino presente en esas ferias.

Que es necesario ajustar las formas de promocionar los destinos a un bajo costo, incluyendo las Nuevas Tecnologías y con material de gran atracción para que cada propuesta se pueda sostener en aplicaciones específicas para teléfonos celulares y a la vez sean de fácil circulación y distribución.

Que en estos días las reservas hoteleras, rutas a seguir y hasta las propuestas de comidas tradicionales a consumir  en cada destino necesitan contar con un soporte marco como lo es una Aplicación para teléfonos celulares Android y/o similares     y así  incrementar la capacidad de una efectiva  comunicación, entre otros aspectos.

Que el Departamento de Malargüe aún no cuenta con una aplicación  que pueda bajarse  en forma gratuita  a los celulares  con sistema Android  y/o similares y que a la vez garanticen, para residentes y  visitantes,  información actualizada del Departamento y de la ciudad  , teniendo en cuenta la importancia de Malargüe  como Destino Turístico emergente y como  Centro de Servicios dentro del Sistema Pehuenche.

Que son los propios empresarios que forman parte del Sector Turismo quienes manifiestan la necesidad de contar con medios o herramientas digitales que permiten acceder, buscar, recuperar, almacenar, crear y difundir información, a la vez que promocionar el destino, mediante el uso de una aplicación desarrollada para los teléfonos móviles.

Que existen otros Municipios en el país que ya cuentan con desarrollos similares, en muchos casos han sido creados por vecinos comprometidos e interesados en la temática.

Que dentro del ámbito de la Municipalidad de Malargüe,  existe  personal capacitado y formado que puede realizar el desarrollo  de la Aplicación, particularmente teniendo en cuenta el interés de los empresarios, quienes se pueden transformar en aportantes privilegiados de la información contenida en la Aplicación.

Que frente a la proximidad de la FIT 2017, poder desarrollar una aplicación  para teléfonos celulares móviles con sistema Android o similares  generará accesibilidad a todos para conocer mejor el Departamento y la ciudad, transformándose así en una herramienta que contribuya a la promoción y comercialización para el sector  privado  y de los desarrollos  alcanzados por el sector  público junto al  compromiso del personal  municipal.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES  QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTÍCULO 1º: Créase la aplicación denominada “Malargüe App” para descargar en forma gratuita en cualquier celular con sistema Android y/o similares (Ordenanza N° 1752/2014) para ser utilizada como medio de promoción de Malargüe como Destino Turístico Emergente y contará con diversos servicios incluyendo desde el clima del día hasta un mapa completo del Departamento y plano de la ciudad con los puntos de interés turísticos y de servicios en general

 ARTÍCULO 2º: Inclúyase como mínimo, dentro de las funciones básicas de la aplicación  “Malargüe App”:  a- Un portal  general con la imagen de Marca del Destino Turístico (Ordenanza N° 1356/06); b- Una Guía de Comercios  de la ciudad y zona rural; c- Una Guía Institucional  y telefónica ; d- Una guía de Profesionales, Obras Sociales y Centros de atención para la Salud; e- Farmacias de Turno.; f- Cajeros Automáticos; g-Estaciones de servicios; h- Agenda Cultural y Eventos destacados del Departamento; i- Clima; j- Mapa del Departamento con las principales rutas, el estado de las mismas con los Atractivos y Servicios Turísticos; k- Plano de la ciudad con localización de Hoteles, Restaurantes, Atractivos Turísticos, Venta de artesanías, Centros Comerciales y Supermercados, entre otros

ARTICULO 3º: Desígnese como autoridad de aplicación de la presente  a la Dirección Municipal de Turismo, la que deberá  garantizar la confiabilidad de la información incluida en la “Malargüe App” y la actualización de la misma toda vez que sea necesario.

ARTÍCULO 4º: Elévese copia de la presente pieza legal al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Dirección Municipal de Turismo, a la  Comisión Específica de Turismo de la Cámara de Comercio , Industria, Agricultura, Ganadería, Minería y Afines , a la Asociación Malargüina de Turismo y a la Asociación Malargüina de Guias de Turismo.

ARTICULO 5°: Difúndase el contenido de la siguiente pieza legal desde la Oficina de Prensa del Honorable Concejo  Deliberante a todos los medios de comunicación locales y regionales.

ARTÍCULO 6º: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DIECINUEVE DÍAS DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISIETE.

 Blanca C. Paez                                                   GLADYS MABEL RUIZ

Secretaria                                                            PRESIDENTE

ARTICULO 92º DE LA LEY Nº 1.079 ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES. PROVINCIA DE MENDOZA

… Toda ordenanza sancionada por el Concejo, que no fuere observada por el Intendente dentro de los cinco días hábiles de serle comunicada, se considerará promulgada y se inscribirá en el Registro Municipal, llevado en la Intendencia.

En caso de veto por la Intendencia, se requerirá el voto de la mayoría absoluta de los miembros que componen el Concejo para insistir en su sanción. 

Ningún proyecto de ordenanza rechazado totalmente por el Concejo, podrá repetirse en las sesiones del año.

Proyecto de  Concejal Graciela Viollaz  (Bloque Justicialista FPV)
Fuente: Mabel López  – Subdirectora de Administración y Recursos Humanos. HCD

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