Expte.Nº 3337/2016

ORDENANZA N° 1.776/2015 H.C.D.
DECRETO N° 1550/2015
SE LE HACE SABER A LOS SEÑORES OFERENTES QUE ESTÁ EN PLENA
VIGENCIA LA ORDENANZA Nº 1.776/2015, que en su parte pertinente se transcribe:
ORDENANZA Nº 1.776/2015. ARTICULO 1°: Dése preferen cia a las pequeñas y
medianas empresas instaladas en Malargüe con una antigüedad comprobable de
cinco (5) o mas años, en las compras de bienes y contrataciones de servicios que
realice la Municipalidad de Malargüe, tanto por parte del Departamento Ejecutivo
Municipal como el Honorable Concejo Deliberante, hasta un diez por ciento (10 %)
más sobre los montos de las ofertas efectuadas por Empresas y firmas foráneas,
fomentando la generación de empleo genuino y las actividades productivas del
Departamento. ARTÍCULO 2º: Procúrese que aquellas empresas que no reúnan las
condiciones establecidas en el Artículo anterior y que resultaren favorecidas con la
adjudicación de obras o servicios en nuestro Departamento, contraten un mínimo del
setenta por ciento (70%) de mano de obra local. ARTÍCULO 3º: Adóptense las
medidas tendientes a comunicar a las empresas que actúan en nuestro Departamento,
la existencia de la presente norma, a efectos de que contemplen la aplicación de dicha
modalidad en contrataciones futuras. ARTÍCULO 4º: Invítese a la Cámara de
Comercio, Organizaciones Sindicales y ONG’S actuantes en Malargüe, a difundir el
contenido y la finalidad de la presente Ordenanza. ARTÍCULO 5º: Remítase copia de
la presente a la Cámara de Comercio Departamental ello, a los fines que la misma sea
comunicada a todas las Empresas, Comercios y Afines que puedan instalarse o
próximos a instalarse en el Departamento. ARTÍCULO 6º: Deróguese toda otra norma
legal local que se oponga a lo dispuesto en la presente. ARTÍCULO 7º: Comuníquese,
regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones
correspondientes y archívese. DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO
BALBIN DE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE
MALARGUE A TREINTA DÍAS DE JULIO DE DOS MIL QUINCE. FIRMADO: Sr. José
Eduardo Coria Presidente del Honorable Concejo Deliberante. Sra. Blanca Carolina
Páez Secretaria Honorable Concejo deliberantes. DECRETO Nº 1550/2015 de
Promulgación.

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