RESOLUCIÓN Nº 248/2.017

RESOLUCIÓN Nº 248/2.017

VISTO: El contenido del Expediente Nº 4.241 HC 269 – 2.017. Bloque Justicialista Frente Para La Victoria. Proyecto de Resolución: Declarar la emergencia nutricional ganadera por sequía en el Departamento de Malargüe según relevamientos realizados por la Dirección Provincial de Ganadería.

La Nota HC 518 – 2.017. Ingresada por referentes Técnicos de la Dirección Provincial de Ganadería.

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CONSIDERANDO: Que son numerosos  los pequeños productores ganaderos del Departamento que siguen adelante con la cría de animales y que identifican culturalmente al Departamento con una de las actividades económicas tradicionales y que son de supervivencia para los pobladores rurales del Departamento.

Que cualquier condición de inestabilidad climática afectan directamente a los productores y a la producción ganadera del Departamento en general.

Que son los organismos públicos y las distintas organizaciones vinculadas a la actividad ganadera y a los productores quienes deben aportar distintas experiencias técnicas y contribuir con procesos de mejora económica – financieras para estas actividades económicas que tradicionalmente se realizan en Malargüe.

Que existen fondos previstos para cubrir estas necesidades en el marco de la Ley Caprina Nacional y en diversos organismos vinculados a la producción ganadera en la Provincia de Mendoza y que pueden aprovecharse mediante la presentación de los correspondientes proyectos de los que participan los productores.

Que es necesario la participación y gestión urgente del Departamento Ejecutivo Municipal a través de las áreas que corresponda y de los Legisladores Provinciales para poder dar respuestas apropiadas en el más corto tiempo posible a los productores locales.

Que se adjunta la Nota HC 518 – 2.017. Ingeniero Pablo Dri Coordinador de Dirección Provincial de Ganadería, Solicitando declarar la emergencia nutricional.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE  MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Declarar la Emergencia Nutricional para especies domesticas de producción en el Departamento de Malargüe.

ARTÍCULO 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal realice las acciones necesarias a los efectos de lograr el apoyo logístico y la gestión de fondos para atender la problemática planteada ante los Organismos y Programas Nacionales y/o Provinciales que corresponda.

ARTÍCULO 3º: Elaborar un Registro de Productores damnificados por la situación de sequía planteada en el Departamento.

ARTÍCULO 4º: Por tratarse de una situación de fragilidad que se repite anualmente se sugiere arbitrar los medios para atender desde el Presupuesto Provincial esta problemática productiva para el Departamento de Malargüe.

ARTÍCULO 5º: Elevar copia de la presente pieza legal a los Legisladores Provinciales que representan al Cuarto Distrito Electoral a los efectos que tomen conocimiento de la situación y puedan colaborar en la gestión de fondos ante los Organismos y Programas Nacionales y/o Provinciales vigentes vinculados al tema.

ARTÍCULO 6º: Elevar copia de la presente a la Unidad Ejecutora Provincial de la Ley Caprina Nacional, a la Delegación Malargüe de la Direccion Provincial de Ganadería y al Departamento Ejecutivo Municipal y por su intermedio a la Dirección de la Incubadora de Empresas.

ARTÍCULO 7º: Comunicar el contenido de la presente pieza legal desde la Oficina de prensa del Honorable Concejo Deliberante a todos los medios de comunicación locales y regionales.

ARTÍCULO 8º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN  LA  SALA  DE  SESIONES  DR.  RICARDO  BALBIN DEL  HONORABLE  CONCEJO DELIBERANTE  DE  LA  MUNICIPALIDAD  DE  MALARGÜE  A  TRES DÍAS DE AGOSTO DE  DOS  MIL  DIECISIETE.

Blanca C. Paez                                                   GLADYS MABEL RUIZ
Secretaria                                                            PRESIDENTE

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