Multas y sanciones para quienes incumplan el decreto municipal 469/2020

La Dirección de Rentas de la Municipalidad de Malargüe informa que según lo dispuesto por el Decreto Municipal 469/2020 quedan suspendidas hasta el 31 de marzo las actividades en: Locales de Diversión Nocturna, cines, bares, cervecerías, centros culturales, museos, casino, sala de juegos u otro establecimiento destinados a tal fin o eventos que conlleven al aglutinamiento de personas en espacio cerrado con más de treinta personas (peloteros, heladerías, etc), sea de administración pública o privada. Quedan exceptuados los servicios fúnebres, quienes deberán restringir el ingreso de público.
Además se informa que las farmacias, supermercados, almacenes y restaurantes deben reducir la capacidad ocupacional a un 50%.
Aquellos locales que se encuentren en falta a lo dispuesto por el mencionado decreto, serán pasibles de sanción con Quince (15) días de clausura y multa equivalente a TRES MIL (3.000) litros nafta en su máxima calidad.

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