La Policía Vial continúa con el labrado de actas por infracciones

Solo están exceptuadas aquellas personas que circulen con la licencia vencida entre el 1 de marzo y el 14 de junio.

 

Ilustrativa de la web

Conforme al Decreto Nacional y Provincial emitido también por la Agencia de Seguridad Nacional, a través del ente emisor de licencias de conducir, solo aquellas personas que se les haya vencido la licencia de conducir entre el 1 de marzo y el 14 de junio están habilitadas para circular en esta situaciónAquellas que no esten comprendidas en las fechas mencionadas se les emite el acta correspondiente y se procede al secuestro del rodado.

El inspector Ariel Verdugo, jefe de la Policía Vial, dio a conocer que el personal de su área está notificado y tiene las academias al respecto para no emitir multas a quienes estén contemplados por este decreto, aunque el labrado de actas continúa con las precauciones emanadas por el Gobierno Provincial en el marco de la pandemia y que debe tener el personal con el manejo de la documentación a raíz de esta situación.

Verdugo informó que se han labrado actas en menor cantidad y en casos muy específicos, donde la persona que estaba circulando no justificaba su presencia en la vía pública mediante el certificado del permiso de circulación.

Además aclaró que se ha notado un descomportamiento de los conductores que no están respetando  las medidas vigentes como circular con las luces encendidas, no hablar por teléfono, tener la documentación al día y el uso del cinturón.

Con respecto a la atención del Juzgado Vial, el inspector aclaró que no hay atención presencial aún pero insistió en que toda aquella persona que necesite realizar consultas, solicitudes, descargos o requiera un boleto para el pago de un acta vial, debe hacerlo por teléfono al 0800-800-8456 o al siguiente correo: juzgadovialmalargue@mendoza.gob.ar.

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