Este es el protocolo que deben respetar los gimnasios para su apertura

El gobernador de Mendoza, Rodolfo Suárez, habilitó desde este martes 9 de junio la reapertura de los gimnasios de 7 a 23hs y deberán cumplir un estricto protocolo.

Imagen ilustrativa

Tal como lo anunció el Gobernador de Mendoza, este martes algunos espacios comenzaron a reabrir sus puertas; pero es de suma importancia que tanto las personas que asistan como así también el propietario del mismo, cumplan con las normas establecidas para tal fin. Por ello es necesario que conozcan el protocolo que a continuación se detalla:

1) DESINFECCIÓN DIARIA: Cada espacio de trabajo y atención al público deberá ser desinfectado con frecuencia durante el día, dicha frecuencia estará establecida en función del tránsito y cantidad de personas. (por ej, cada 2 (dos) horas continuas de atención al público, deberán de limpiarse superficies de uso frecuente y pisos)

2) VENTILACIÓN: Deberá ser recurrente de espacios comunes durante todo el día y en forma constante. Aquellos espacios sin posibilidad de ventilación natural o mecánica forzada serán restringidos y no podrán utilizarse. Recepción y espacios de circulación de personas deberán contar con ventilación permanente.

3) HIGIENE: En el ingreso del establecimiento, deberá haber pulverizadores con agua y detergente para humedecer la suela de las zapatillas y una alfombra humedecida con hipoclorito de sodio para terminar de limpiar las suelas. Mismas alfombras se colocarán al ingreso de cada sala. Deberá haber en el ingreso previo a las salas de entrenamiento alcohol en gel, o alcohol diluido en proporción 70/30, o solución sanitizante en dispenser para permitir higiene frecuente de manos. En todas las salas de entrenamiento deberá haber pulverizadores con solución de agua con detergente y/o alcohol para que cada usuario limpie máquina y elemento que utilice cada vez que finalice. Los dispensers de agua para hidratación serán inhabilitados para relleno de botellas.

4) DISTANCIAMIENTO SOCIAL y disposiciones generales: Difusión de recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación y Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de la Provincia. Quedan anulados en la primera etapa los espacios comunes y salas de espera y solo podrán utilizarse en casos puntuales y excepcionales, no siendo estos espacios de contacto social. Los Profesores sólo se acercarán a los socios con el equipo de protección personal, correctamente identificado para cada uno (barbijo, antiparras y guantes) provistos por el gimnasio, debiendo dejarlos guardados en el gimnasio al momento de retirarse a sus domicilios. Queda prohibida el dictado de clases y/o entrenamiento para menores hasta tanto el Gobierno Provincial disponga el inicio de clases regulares y se retome el calendario escolar.

5) TURNOS: La asistencia será únicamente con reserva de turnos on line, telefónicos, o de cualquier otra manera no presencial.

6) CAPACIDAD: Estará determinada en función a los mts cuadrados del establecimiento, no pudiendo superar 1 persona por cada 4mts2 en cada una de las salas de entrenamiento.

7) SEÑALETICA: Las salas de entrenamiento grupal deberán contar con una demarcación en el piso de 2mts x 2mts, espacio en el que entrenará 1 persona, con sus elementos, no pudiendo compartirse elementos de trabajo entre los asistentes. En las salas de musculación y de trabajo cardiovascular, deberá respetarse las mismas distancias, anulando, de ser necesario, el uso de algunas máquinas. En la medida que resulte posible, se deberán indicar en las instalaciones distintos circuitos de circulación, tanto para ingreso y egreso diferenciado, como para las rotaciones que resulten necesarias en la práctica, evitando en todo momento el contacto físico y las posibles aglomeraciones

8) ALUMNOS: Deberán asistir obligatoriamente con barbijo, guantes de entrenamiento, toalla y botella de agua. Deberá utilizarse el tapabocas todo el tiempo que resulte posible. En el caso de que el agua se les termine, podrán adquirir una de venta de heladera, quedando prohibido el relleno de las mismas por dispenser o canillas. Las edades habilitadas es hasta 59 años inclusive.

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