Estas son las sanciones para quienes violen las restricciones impuestas por Provincia

Desde el martes 7, Argentina tomó nuevas medidas en el marco de la pandemia y desde el Juzgado de Faltas revelaron las infracciones y notificaciones vigentes para quienes no cumplan con lo establecido.

Teniendo en cuenta el incremento de casos positivos de coronavirus en Mendoza, el Gobernador Rodolfo Suárez, determinó nuevas medidas preventivas para los mendocinos, las cuales restringen la circulación entre las 00:30 y las 5:30 horas. Cabe aclarar que la medida no alcanza a los trabajadores y a las personas esenciales.

Las sanciones por violar las restricciones van de 10 mil pesos para quienes circulen sin permiso o, si es dueño del local o domicilio, deberá pagar 50 mil pesos; realizándole la pertinente denuncia en los términos del artículo 205 del Código Penal y/o artículo 119 bis del Código Contravencional Provincial, según corresponda.

María Paz Zabalegui, a cargo del Juzgado de Faltas de Malargüe, explicó que con este decreto, todas las personas que estén circulando entre las 00:30 y las 5:30 horas, y que no puedan justificar su permanencia en la vía pública, van a ser sancionados.

“Si hubiera una contravención se las va a sancionar con la que corresponda. Si la persona está en estado de ebriedad en la vía pública, si está consumiendo bebidas alcohólicas, si está vendiendo alcohol fuera de horario, si está en una conducción peligrosa, si porta armas, entre otras. A ello se le sumará la notificación por infracción al artículo 205 del código penal”, agregó la Jueza.

Hizo hincapié en que ya han instruido al personal y afirmó que están trabajando con la policía para poder tener un lineamiento y actuar eficientemente frente a estas situaciones. Siguió recomendando a la gente que se cuide y evite tanto circular como así también hacer juntadas considerando que éstas son un foco de contagio.

Restricciones

Desde este martes, en todo el territorio provincial rigen nuevas restricciones para prevenir contagios de coronavirus. Entre las medidas, se restringió la circulación de personas entre las 00:30 y las 5:30 en todo el territorio mendocino. Solo podrán circular los trabajadores esenciales.

Mientras que para las reuniones sociales y eventos en espacios habilitados, se estableció que se deberá obtener la previa aprobación de la Subdirección de Control de Eventos y Locales de Esparcimiento, dependiente de la cartera de Seguridad.

El decreto también dicta que, en los eventos al aire libre, la cantidad de asistentes estará determinada a razón de una persona por cada metro cuadrado de superficie y hasta un máximo de 250 personas.

 

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