El Gobierno de Mendoza promulgó la ley que actualiza la norma provincial de Defensa del Consumidor

Los cambios introducidos por la Legislatura permiten adecuar la ley 5547 a los preceptos ya definidos por la Ley de Procedimiento Administrativo. Entre otros elementos, se establecen los criterios legales para la realización de audiencias de conciliación virtuales.

Este lunes, el gobernador de Mendoza promulgó, mediante decreto 417, la modificación de la norma provincial de Defensa del Consumidor, que rige desde 1990. Entre otros aspectos, la ley 9314 establece los criterios legales para la realización de audiencias de conciliación virtuales, presenciales o, incluso, por vía telefónica.

Se adentra, además, en los requisitos para la presentación de una denuncia y exigencias para las partes, denunciante y denunciada; sobre cómo puede y debe actuar la Autoridad de aplicación respecto de distintas situaciones, por ejemplo: impulso de acciones de oficio, notificaciones e inspecciones, plazos legales, apertura del sumario, recepción de recursos, y otras.

Adaptación a los nuevos tiempos

“Gran parte de los cambios introducidos responden a la necesidad de adecuar la ley 5547, que tiene más de 30 años, al marco que estableció la nueva Ley de Procedimiento Administrativo, sancionada en 2017”, explicó Mónica Lucero, directora de Defensa del Consumidor de Mendoza.

Y agregó: “Los organismos públicos hemos implementado diversos cambios para responder a la demanda por más y mejores servicios, incorporando la tecnología para agilizar los trámites y resolver conflictos de cientos de mendocinas y mendocinos”.

Texto completo de la ley sancionada haciendo click aquí 

Vías de contacto

Estos son los canales para plantear una consulta o denuncia en Defensa del Consumidor:

.        correodefensaalconsumidor@malargue.gov.ar – WhatsApp 2604-059263

·         148@mendoza.gov.ar

·         148 Mendoza (aplicación móvil)

·         www.mendoza.gov.ar/consultas/

Fuente: Gobierno de Mendoza

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