La exigencia rige para los comercios del rubro gastronómico de toda la Provincia; se exceptúa de la obligación al denominado “menú del día” o “menú turista”.
La Dirección de Defensa del Consumidor (DDC) recuerda a todos los proveedores del rubro gastronómico que deben disponer y exhibir en forma obligatoria cartas y menús en sistema Braille. Esta exigencia aplica a aquellos comercios con atención al público como, por ejemplo: restaurantes, cafés, rotiserías y casas de té, entre otros.
Este sistema es el que utilizan las personas con discapacidad visual o ceguera para poder escribir y leer textos, libros y documentos. Se trata de un sistema de lectura y escritura táctil. La obligación rige desde la sanción en 2015 de la ley provincial 8750 que tiene a la DDC como autoridad de aplicación en Mendoza.
Las y los propietarios de los comercios alcanzados por esta obligación, pueden ingresar a este enlace y consultar otros aspectos de esta norma y saber cuáles son algunos de los prestadores del servicio de impresión en sistema Braille, para solicitar presupuesto por confección de la carta y/o menú que establece la ley citada, evitando así sanciones por incumplimientos.
Consultas y denuncias
Estas son las vías de asesoramiento y trámite de denuncias ante la DDC:
• 148 opción 3 (en días hábiles y horario de 8 a 14)
• 148 Mendoza (aplicación móvil)
Defensa al consumidor MALARGÜE
Responsable: Téc. Sup. Leticia Castro Dirección: Av. San Martín 648 Malargüe Mall Shopping, planta alta, oficina 10 Teléfono móvil (WhatsApp) 2604059263 E-mail: defensaalconsumidor@malargue.gov.ar Días y horario de atención: Lunes a viernes, de 9 a 13.
Fuente: Prensa Gobierno Mendoza