RESOLUCIÓN Nº 321/2.017

RESOLUCIÓN Nº 321/2.017

Visto: El contenido del Expediente Nº 4.238 HC 268 – 2.017. Bloque Justicialista Frente Para La Victoria. Proyecto de Resolución: Controlar quema de pastizales de campos abiertos.

La proximidad de la época de quemas controladas a campo abierto.

Y;

CONSIDERANDO: Que en nuestro país se utilizan las quemas o el fuego, como herramienta para eliminar residuos vegetales que quedan después de faenas agrícolas y forestales en predios rurales.

Que  además el uso del fuego es una práctica común en las actividades agrícolas tradicionales debido fundamentalmente a su bajo costo y fácil acceso.

Que las limitaciones económicas y sociales que implican la adopción del uso del fuego como una alternativa, hace casi inevitable que debamos reconocer su uso como una necesidad para la población.

Que estas quemas  en reiteradas ocasiones, han causado incendios con resultados lamentables, provocando daños materiales en viviendas e incluso poniendo en riesgo la vida de personas que habitan la zona.

Que la falta de cuidados, constituye una de las principales causas de los incendios forestales en nuestro país.

Que es posible realizar, quema controlada, de forma segura y planificada, manteniéndola bajo control dentro de un área determinada.

Que antes de realizar una quema controlada, es necesario habilitar brechas cortafuego. Teniendo fajas limpias de vegetación alrededor del terreno a ser quemado evitando así,  que el fuego pase a otras áreas.

Que es necesario, que antes de realizar una quema, los responsables de la misma soliciten los permisos correspondientes, a las autoridades competentes, de manera que las mismas, se puedan planificar comunicando a vecinos el día de la quema e incluso solicitando el apoyo de los mismos.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1°: Adherir a la Ley de Prevención y Lucha contra incendios en Zonas Rurales  Nº 6099 de Recursos Naturales de la Provincia de Mendoza.

ARTÍCULO 2°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal gestione ante quien corresponda la conformación en  la Delegación Malargüe de la Dirección de Recursos Naturales Renovables  de un Registro de Responsables de realizar la quema controlada,  estableciendo día y hora para la misma.

ARTÍCULO 3º: Establecer la obligación de contar con una copia de dicho Registro en la Dirección de Defensa Civil de la Municipalidad de  Malargüe  y desde allí notificar en forma permanente a la Delegación Bomberos de la Seccional 24º la Policía de Mendoza.

ARTÍCULO 4º: Acordar que será la Autoridad de Aplicación establecida por la Ley quien establecerá las multas y/o sanciones de no estar registrado los responsables.

ARTÍCULO 5°: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A SIETE DIAS DE SETIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.

Blanca C. Páez                                                   GLADYS MABEL RUIZ

Secretaria                                                               PRESIDENTE 

Proyecto del Concejal Raúl Rodríguez del Bloque Justicialista FPV 

Fuente: Mabel Lopez – Administración HCD

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