En el 2020 será obligatorio etiquetar los productos sueltos

Así lo dictaminó el Honorable Concejo Deliberante de Malargüe mediante la ordenanza 2000/2019.

La medida surge debido a la gran cantidad de personas intoxicadas por la ingesta equivocada de productos sueltos. Tras este agravante el Bloque Frente Cambia Mendoza presentó, en el HCD, el proyecto de ordenanza: Obligatoriedad de etiquetar productos de limpieza, de pinturería y/o productos líquidos de construcción que se expendan sueltos. El mismo fue aprobado el 18 de julio de 2019 y comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2020.

En el escrito se deja constancia de las siguientes sanciones, en caso de desobedecer esta norma:

  1. Primera verificación de incumplimiento: Llamado de atención.
  2. Segundo verificación de incumplimiento multa equivalente en pesos a 200 litros de nafta súper
  3. Tercera verificación de incumplimiento: se realizara una multa equivalente en pesos a los 400 litros de nafta súper.
  4. Cuarta verificación de incumplimiento en adelante: se realizarán multas equivalentes en pesos a los 500 litros de nafta súper.

Además se especifica que la aplicación de multas deberá regirse conforme lo dispone la Ley Procedimiento Administrativo de la Provincia de Mendoza, debiendo delegarse el poder disciplinario y sancionatorio en la Dirección de Rentas de la Municipalidad de Malargüe. Asimismo apunta que los importes recaudados en conceptos de multas serán destinados a solventar y articular las campañas de la presente ordenanza.

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