Jueves, 17 Mayo 2012

Defensa Civil

Defensa Civil

Por Decreto Nº 8732/68 las funciones de la Defensa Antiaérea Pasiva, pasa al área del Ministerio de Defensa, creándose un Servicio Civil de Defensa, (ley 17192/67). El 14 de Mayo de 1969, se cambia el nombre de Defensa Antiaérea Pasiva, por Defensa Civil. Así esta estipulado en la Ley 23554, actual Ley de Defensa nacional. En Mendoza estamos regidos por la ley 3.796. En el Departamento de Malargüe resolución Nº de la creación de la Junta Municipal de Defensa Civil.

¿Por qué Defensa Civil? ¿Cómo? ¿Cuándo?
Porque juega un papel importante en la defensa integral, protege al individuo y a las comunidades de los destructores efectos de los desastres, preservando sus vidas, bienes materiales y elementos de su subsistencia. Tomando medidas y actividades no agresivas que tienden a evitar, anular o disminuir, los efectos causados por los distintos eventos adversos de origen natural o antrópicos, sobre la población y sus bienes. Contribuye a restablecer el ritmo normal de vida en la zona afectada. En todo tiempo, especialmente en momentos de transición cuando la planificación y la interacción con las instituciones, hace posible la toma de medidas preventivas ante algún evento adverso.

INTEGRACIÓN: La Dirección de Defensa Civil departamental tiene la responsabilidad de integrar a todas las instituciones intermedias, tanto oficiales como las ONG para la Gestión Integral de Riesgos.

Policía:
La Policía Coadyuva a los propósitos que persigue la Defensa Civil. Coordina y desarrolla acciones conjuntas para que las personas adquieran hábitos de disciplina y autocontrol en casos de emergencia.
Desde el momento mismo en que se produce una emergencia, la Policía controla toda la zona afectada.
La Policía Planifica los operativos de las zonas potencialmente críticas o afectadas para establecer la vigilancia, orden, seguridad y tránsito de los damnificados.

 

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